Disfrutar de tu todo terreno por los lugares para los que teóricamente se ha pensado, es decir, por el campo, no es tan fácil como cabría
pensar. No es simplemente ponerse a los mandos de este tipo de vehículos, dirigirse al campo y ¡a divertirse!. Además de una serie de
consejos y recomendaciones, debemos respetar una normativa que no mucha gente conoce y que es bastante restrictiva a la hora de permitir el uso lúdico del todo terreno. Esta nos informa de por qué
zonas podemos transitar, a qué velocidad, en qué épocas, etc. Multas económicas e incluso la cárcel son las consecuencias de su incumplimiento.
Sin embargo, esta legislación es tan genérica que se hace necesario conocer, al mismo tiempo, la normativa que esta vigente en cada una de las comunidades autónomas españolas.
Olvídate de tener que buscarlas; desde Autopista Online, y con un solo clic, te damos la oportunidad de conocerla y te pedimos, por el bien de tu cuenta bancaria, que la cumplas.
Pincha sobre la Comunidad Autónoma para acceder a la información. Puedes consultar de forma online el texto legal y además te damos la posibilidad de que te lo descargues en pdf a tu ordenador. Para visualizar el documento necesitarás el programa Acrobat Reader que puedes conseguir gratuitamente en en esta página.
La verdad es que la legislación sobre la materia es bastante amplia. Así, de forma general, leyes estatales que regulan la actividadtodo terreno son:
- Ley de Montes de 8 de Junio de 1957
- Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
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